El decreto confirma que alimentos y bebidas son servicio esencial

El real decreto ley -ya en vigor- que regula un permiso retribuido recuperable para los trabajadores de los servicios no esenciales ofrece en su anexo una relación de las actividades a las que no resulta de aplicación. Entre otras, “las que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas y alimentación animal, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final”, explica en un comunicado el Ministerio de Agricultura.

La norma no es aplicable, entre otros sectores, a la agricultura, ganadería, acuicultura, pesca e industria alimentaria, así como a las actividades imprescindibles para asegurar su funcionamiento.